Ciclistas, peatones y alcohol

Los porcentajes de alcoholemia distinguen, pues, entre los conductores noveles de vehículos de motor y los (otros) conductores de vehículos. Lo que se entiende por vehículo no se explica en la ley, pero de la explicación de la ley parece que el significado puede derivarse del discurso. Un vehículo podría ser entonces cualquier cosa que se conduzca. Por lo tanto, incluso si usted conduce su bicicleta en estado de ebriedad, puede ser sancionado. Por tanto, como ciclista, se le sanciona con más de 220 microgramos de alcohol por aliento exhalado o con más de 0,5 mililitros de alcohol por mililitro de sangre.
Fietsers, voetgangers & alcohol
Por supuesto, todos los usuarios de la vía pública, incluidos los ciclistas y los peatones, deben comportarse de manera que no constituyan un peligro para los demás ni obstruyan (o puedan obstruir) el tráfico en la carretera. Si se comportan de forma peligrosa o si el tráfico puede verse obstaculizado por su comportamiento, entonces se infringe la ley y esa persona es sancionable. Además, se sanciona a quien provoque accidentes de tráfico que provoquen lesiones físicas o la muerte de otra persona. Incluso cuando vas en bicicleta o a pie, puedes ser un peligro para los demás usuarios de la vía pública y, desde luego, con unas gafas puestas. Así que, como ciclista o peatón, también puedes ser sancionado si formas un peligro para los demás o si provocas un accidente que cause lesiones físicas o la muerte de otra persona.

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